La declaratoria electoral no admite bloqueos ni dilaciones personales. Edmundo Orellana advierte que negarse a firmarla no solo tensiona el proceso democrático, sino que puede constituir un delito penal.
En un proceso electoral marcado por la espera, la desconfianza y el escrutinio prolongado, el exsecretario de Transparencia y Lucha contra la Corrupción Edmundo Orellana coloca una advertencia clara y directa:
La declaratoria electoral es una obligación legal, no una decisión discrecional.
Negarse a firmarla, sostiene, no es un acto político, sino una conducta que puede derivar en responsabilidad penal.
La declaratoria electoral, bajo el peso de la ley
A través de sus redes sociales, el también exfiscal general de la República reaccionó ante versiones que plantean que, si un consejero del Consejo Nacional Electoral (CNE) se negara a firmar la declaratoria electoral, el proceso podría trasladarse al Congreso Nacional.
Orellana fue enfático: ese escenario no elimina la responsabilidad individual. Por el contrario, advirtió que la negativa de un consejero a cumplir con la declaratoria electoral podría configurar un delito, al incumplir una función que la ley le impone.
Advertencia penal en un momento decisivo
“De suceder, el consejero incurriría en responsabilidad penal”, señaló Orellana, al subrayar que la declaratoria electoral no es un trámite opcional ni un mecanismo de presión política.
El exfiscal planteó además una interrogante que resume la gravedad del momento: si habrá algún consejero dispuesto a asumir ese riesgo legal cuando corresponda oficializar el resultado electoral y declarar al nuevo presidente de la República.
La advertencia llega cuando Honduras aún no conoce al presidente electo de los comicios generales del pasado 30 de noviembre.
El conteo avanza lentamente, entre cuestionamientos de partidos políticos, denuncias de presuntas irregularidades y constantes interrupciones en el proceso de escrutinio.
Margen estrecho y plazos legales para declaratoria electoral
Los resultados preliminares mantienen a dos candidatos al frente, separados por un margen cercano al 1 %.
La legislación hondureña permite que el resultado oficial se emita hasta 30 días después de la elección.
Es durante ese plazo que podría extender la espera hasta finales de diciembre, según la ley.
Sin embargo, para Orellana, ese margen temporal no habilita la omisión del deber legal. La declaratoria electoral, una vez agotadas las etapas previstas, debe cumplirse conforme a la ley.
Edmundo Orellana fija un límite que no admite interpretaciones: la declaratoria electoral es el acto que cierra el proceso democrático y su incumplimiento tiene consecuencias.
Más allá de la coyuntura, la advertencia apunta a un principio básico: la ley no se suspende cuando el país espera respuestas.



