¿Es justificable el conteo voto por voto?: codirector del CNE lo explica

¿Es justificable el conteo voto por voto?: codirector del CNE lo explica

La Ley Electoral desarrolla las causales específicas por las cuales se puede solicitar un recuento en sus artículos 293, 294 y 295.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) ha abordado las recientes peticiones de algunos candidatos y líderes de partidos políticos que exigen un recuento de la totalidad de las actas y votos de las más de 19,000 Juntas Receptoras de Votos.

Eduardo Fuentes, codirector electoral del CNE, enfatizó en el noticiero Hoy Mismo de TSi que, si bien el organismo electoral mantiene una total apertura para dar certeza a los resultados que se han venido divulgando, la solicitud de un recuento voto por voto o acta por acta está estrictamente regulada por el marco legal.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar un recuento?

Fuentes hizo una invitación a aquellos que solicitan el recuento total a que, si cuentan con los elementos procesales que establece la Ley Electoral, presenten su solicitud.

La Ley Electoral desarrolla las causales específicas por las cuales se puede solicitar un recuento en sus artículos 293, 294 y 295.

En un gesto de apertura, el CNE utilizó las atribuciones de la Ley General de Procedimiento y la Ley General de Administración Pública para ampliar el plazo de presentación de estos reclamos de 10 a 15 días, culminando dicho período el día 15.

Para hacer la solicitud formal, cualquier candidato debe presentar un oficio o un escrito a través de su apoderado legal.

¿Cuándo un acta amerita revisión?

El recuento no se aplica de manera generalizada; solo se justifica cuando existen presupuestos procesales claros. Las circunstancias que ameritan la solicitud de un recuento incluyen:

  • Discrepancia numérica: Que no cuadre el número de votantes con el número de votos válidos que recibió un candidato.
  • Uso de papeletas: La inconsistencia entre el número de papeletas utilizadas y el número de votos válidos.
  • Diferencia de registros: Que el acta de cierre en posesión del partido político diga una cosa y el acta que divulga el CNE diga otra.

Fuentes aclaró que el objetivo de volver a abrir una urna es ratificar el resultado existente.

Además, se señaló que estas revisiones no implicarán un conteo que pueda cambiar el resultado para un tercero en contienda que ya perdió las elecciones quedando muy por debajo del margen de los dos candidatos principales.

Advertencia del CNE y transparencia del escrutinio especial

El CNE fue enfático al advertir que no se permitirá que algunos aprovechen los atrasos que han ocurrido para intentar ganar algo que no obtuvieron ni en las urnas ni en la Junta Receptora de Votos, ya sea a través de un escrutinio especial, en medios de comunicación o en redes sociales.

El deber del organismo electoral es garantizar el respeto a la voluntad popular, definida como la voluntad de la mayoría de personas.

Se recordó que todos los partidos políticos tienen en su poder las actas y los resultados.

Frente a las alegaciones de que el escrutinio especial ya está “viciado”, el CNE sostiene que nadie puede alegar un vicio en un proceso que aún no inicia.

La logística dispuesta para el escrutinio especial busca la máxima transparencia, incluyendo una cámara por cada Junta Receptora de Votos.

Además, se contará con observadores nacionales e internacionales acreditados, y los propios partidos políticos designarán a sus representantes, asegurando que tengan presencia en el eslabón más mínimo del proceso.

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